Vitrasa

Un detective ‘pilla’ a un chófer de bus de Vigo de baja trabajando y conduciendo

La sentencia, de mayo, pero hecha pública ayer, no era firme.
photo_camera La sentencia, de mayo, pero hecha pública ayer, no era firme.
Un detective comprobó que el empleado, además, trabajó en una inmobiliaria mientras estaba en situación de incapacidad temporal

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia ha confirmado la sanción de 60 días de suspensión de empleo y sueldo impuesta por Vitrasa a uno de sus conductores por una falta muy grave, al considerar probado que mientras estuvo de baja no solo condujo su vehículo particular, sino que además trabajó en otra empresa, una inmobiliaria. 

El alto tribunal desestima el recurso del chófer y ratifica la sentencia de un juzgado de lo Social que daba la razón a la concesionaria del transporte urbano de viajeros, dando por probados los hechos que motivaron la sanción.

Según consta en la sentencia, dictada en mayo y que no era firme, el trabajador lleva como conductor de Vitrasa desde el año 2015 y estaba en situación de incapacidad temporal desde el 27 de julio de 2022 por una tendinitis calcificante en el antebrazo, siendo operado un mes después. 

 

 

Debido a la duración de su baja en 2023 la empresa contrató una investigación a detectives privados quienes hicieron constar cómo varios días en mayo se le localizó en Silleda, donde se encuentra una inmobiliaria y allí se le vio acompañado de una familia con la que accedía a un edificio cercano, donde según la web, tenían en venta un inmueble. “Que durante todo ese tiempo se mueve con aparente normalidad”, dice el informe que señala que permaneció en dicha inmobiliaria hasta las dos de la tarde y se marcha conduciendo un vehículo particular. También se recoge cómo estando la inmobiliaria cerrada abrió la persiana metálica accediendo a su interior. 

De igual forma, se le observa conduciendo su vehículo durante unos 43 minutos.

La sentencia da por acreditados estos hechos excepto que fuera administrador de la inmobiliaria, como aseguraba el informe de seguimiento.  A este respecto el TSXG afirma que esa relación con la sociedad carece de relevancia, ya que lo trascendente es que el “actor ha trabajado para otra empresa y ha conducido”, de ahí que considera proporcionada la medida de la empresa.

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